En este apartado podrás consultar las obligaciones comunes de la información pública básica y de los datos personales del Patronato.
Articulo 70.
Se entiende por programa al instrumento normativo de planeación cuya finalidad consiste en desagregar y detallar los planteamientos y orientaciones generales de un plan nacional, estatal o regional y municipal mediante la identificación de objetivos y metas