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Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Sonora

Sección II | de las Obligaciones de Transparencia de los Sujetos Obligados.

Artículo 81. Los sujetos obligados deberán poner a disposición del público y mantener actualizada, en los respectivos portales y sitios de internet, de conformidad con lo dispuesto en el presente Capítulo y de acuerdo con sus facultades, atribuciones, funciones u objeto social, según corresponda, la información de los temas, documentos y políticas que establece el artículo 70 de la Ley General, así como también la siguiente información adicional:

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TABLA DE APLICABILIDAD.

Artículo 81. de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Publica del Estado de Sonora:

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Bienvenidos

En este apartado podrás consultar las obligaciones de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública.

Ley de acceso a la información Sección II, Artículo 81.

Fracción IVa.- (a) Los servicios a su cargo
Fracción VI.- El perfil de puestos
Fracción XV.- Los planes, programas o proyectos
Fracción XXI.- Procedimiento para obtener información
Fracción XXII.- Los convenios institucionales celebrados
Fracción XXVII.- Los catálogos documentales

Otros enlaces

Plataforma Nacional de Transparencia.

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Acceso a la información y de datos personales.

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Sistema de Solicitudes de Información Pública del Estado de Sonora.

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