En este apartado podrás consultar las obligaciones comunes de la información pública básica y de los datos personales del Patronato.
Articulo 70.
Se enlistarán las solicitudes de acceso al registro de comunicaciones que realizaron a las empresas concesionarias de telecomunicaciones y proveedores de servicios o aplicaciones de Internet, e incluirán un listado de las solicitudes de localización geográfica en tiempo real de equipos de comunicación, las cuales deberán estar concluidas, es decir, que no formen parte de una investigación en curso.